¿Se pueden hacer juntas de vecinos por videollamada?
¿Reunión online con los vecinos? Cada vez más comunidades se lo plantean
Si vives en una comunidad de propietarios, seguro que alguna vez te has hecho esta pregunta: ¿podemos hacer la junta por videollamada?
Y no es una duda rara. Hay vecinos que no viven en el edificio, otros que trabajan hasta tarde, personas mayores con movilidad reducida o simplemente gente que prefiere evitar reuniones largas y tensas en persona.
Desde la pandemia, muchas comunidades vieron en la videollamada una solución cómoda y útil. Pero… ¿sigue siendo legal? ¿Lo permite la Ley de Propiedad Horizontal? ¿Qué pasa si un vecino no sabe usar Zoom o no tiene internet?
Vamos a resolverlo todo de forma clara y sin tecnicismos.
¿Qué dice la ley sobre hacer juntas por videollamada?
Durante el COVID, el Gobierno permitió que las juntas se hicieran de forma telemática como medida excepcional. Pero esa norma ya no está en vigor desde enero de 2022.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) dice que los propietarios pueden asistir a las juntas “de forma personal o por representación”. Pero no aclara si esa “forma personal” puede ser por videollamada o tiene que ser presencial sí o sí.
Así que ahora mismo estamos en una especie de zona gris legal. No está prohibido, pero tampoco regulado de forma específica. Entonces, ¿se puede o no?
Entonces… ¿podemos hacerla online?
Sí, pero con condiciones. Puedes hacer una junta por videollamada si:
- Todos los propietarios están de acuerdo.
- Se garantiza que nadie queda fuera por no tener medios o conocimientos para conectarse.
- Se informa con suficiente antelación (igual que en una junta presencial).
La clave está en que haya consenso y participación efectiva. Si alguien se ve excluido por no poder usar la tecnología, la junta se puede impugnar.
Imagina que convocáis una junta por Zoom y un propietario mayor no puede conectarse. Si no se le da una alternativa (como delegar su voto o asistir en persona a la oficina del administrador), puede reclamar.
¿Y si no puedo asistir a la junta, sea online o presencial?
No pasa nada. Siempre puedes delegar tu voto en otra persona. Solo necesitas una autorización por escrito con estos datos:
- Tu nombre completo y DNI.
- Dirección de tu propiedad (piso, letra, etc.).
- Coeficiente de participación (lo que te corresponde en la comunidad).
- Nombre y DNI de la persona que te representa.
Y por supuesto, firmado. Puedes enviarlo por correo electrónico a la administración o llevarlo en mano.
Ventajas reales de hacer la junta por videollamada
¿Sabes lo que nos dicen muchos vecinos después de probar una junta online?
- “¡Por fin pude asistir sin moverme de casa!”
- “Fue más rápido, más ordenado, menos tensión.”
- “Se grabó todo, así que no hubo dudas.”
Algunas comunidades también permiten un modelo mixto: quien quiere va en persona, y quien prefiere, se conecta online. Todo depende del acuerdo previo entre vecinos.
¿Qué pasa si se hace mal?
Ojo, porque si se organiza una junta por videollamada y:
- No se avisa correctamente a todos los vecinos,
- O no se garantiza que puedan participar,
- O se toma una decisión sin el quórum necesario…
…esa junta puede ser impugnada judicialmente. Es decir, cualquier acuerdo que se tome podría quedar anulado.
Por eso, lo mejor es contar con un administrador de fincas que sepa cómo organizarla bien, legalmente y con transparencia.
¿Y si quiero que mi comunidad empiece a usar videollamadas?
Si tú lo ves claro pero otros vecinos no están tan convencidos, te dejamos algunos pasos para empezar:
- Proponlo en junta como punto del orden del día.
- Haz una prueba o simulacro, por ejemplo con la próxima reunión informal.
- Ayuda a los vecinos menos tecnológicos, o propón hacerlo de forma híbrida.
En muchas comunidades que asesoramos en GD Fincas, empezaron con miedo… y ahora no quieren volver al modelo de antes.
🧩 En resumen: sí, se puede, pero hay que hacerlo bien
Las juntas por videollamada pueden facilitar mucho la participación en comunidades donde no todos viven en el edificio, o donde hay personas con dificultades para desplazarse.
Pero eso sí, hay que organizarlas bien, con el acuerdo de todos, sin excluir a nadie y dejando constancia de todo en el acta.
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